Almacenamiento externo de los datos patronímicos de un CDA
Palabras clave:
Informática Médica, Sistemas de Salud, Estandar HL7Resumen
En el Uruguay el Decreto Nº 396/003 sobre Historia clínica electrónica establece que los datos patronímicos tienen que separarse de los datos clínicos salvo contexto de atención medica, el CDA es un documento que normalmente contiene ambos. Utilizamos esta especificación para registrar el documento clínico referente a la “descripción operatoria”, restringiendo lo patronímico a un solo identificador, el cual permite encontrar los datos almacenados en otro sistema desacoplado. La conciliación del identificador con la información patronímica, se realiza mediante transacciones IHE pertenecientes al perfil PDQ de forma transparente al usuario autorizado, que edita o revisa el documento.Descargas
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